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Tarifa Social Provincial de EPEC: requisitos y cómo solicitarla

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La Tarifa Social Provincial es un beneficio tarifario que otorga la Provincia de Córdoba, no EPEC. La distribuidora solo aplica la tarifa cuando le notifican la resolución que la concede: quien decide es el Ministerio de Desarrollo Social, y ahí es donde se hace el trámite.

Fue creada por el Decreto 2164/17, dentro del programa «Tarifa Solidaria» que rige desde el Decreto 1357/06, y no cubre solo la luz: alcanza a los servicios de agua potable y energía eléctrica, y también a la exención o reducción del Impuesto Inmobiliario provincial. Aquí vas a ver quiénes acceden, qué requisitos piden, cuánto descuenta en la boleta y cómo solicitar la tarifa social de EPEC paso a paso.

Qué es la Tarifa Social Provincial

El programa está dirigido a los hogares que se encuentran por debajo de la línea de pobreza o de indigencia según los valores que difunde mensualmente el INDEC, y a otros tres grupos que el decreto define aparte: jubilados y pensionados de ingresos bajos, personas con discapacidad y entidades sin fines de lucro que atienden a población vulnerable.

Lo administra la Secretaría de Coordinación y Acción Social del Ministerio de Desarrollo Social, que es la que sustancia las solicitudes, las aprueba o las rechaza, y le informa periódicamente el padrón a cada prestador de servicios.

Dos consecuencias prácticas de eso. La primera es que no se pide en EPEC: la empresa no lo resuelve y no puede adelantarlo. La segunda es que el beneficio empieza a aplicarse desde la fecha en que EPEC es notificada de la resolución, no desde el día en que presentaste el formulario.

No es lo mismo que el subsidio nacional

Es la confusión más común en Córdoba, y hay que despejarla antes de seguir, porque los dos beneficios existen a la vez y se piden por separado.

Tarifa Social ProvincialSubsidio nacional (régimen SEF)
Quién lo otorgaMinisterio de Desarrollo Social de CórdobaSecretaría de Energía de la Nación
Qué modificaLos cargos de la distribuidoraCuánto del precio mayorista de la energía paga el Estado
Dónde se tramitaEl formulario del Decreto 2164/17El registro ReSEF
Qué cubreLuz, agua e Impuesto Inmobiliario, solo en CórdobaLuz y gas, en todo el país
Cómo se ve en la facturaEn la casilla «Tarifa / Servicio»En el juego de precios que se le aplica al suministro

Los dos se cruzan, no se excluyen. El cuadro tarifario de EPEC lo deja explícito: hay una escala de Tarifa Social Provincial para los suministros incluidos en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados y otra, más cara, para los que no lo están. Un hogar puede tener el beneficio provincial y aun así pagar de más si le falta el nacional.

Una aclaración sobre los «niveles», porque siguen circulando: los Niveles 1, 2 y 3 eran la segmentación del Decreto 332/2022 y dejaron de usarse. El régimen vigente es el de Subsidios Energéticos Focalizados del Decreto 943/2025, que está explicado en subsidios de luz y gas: quiénes pueden pedirlos y en subsidio de luz: cómo funciona. Para saber en qué situación estás hoy, cómo saber si tengo el subsidio de luz y gas.

Si vivís en la Provincia de Buenos Aires, el beneficio provincial equivalente es otro y se tramita ante el OCEBA: está en Tarifa Social de Electricidad de Buenos Aires.

Cómo saber si sos beneficiario

La respuesta la da la propia EPEC, y es de un solo paso: mirá la casilla «Tarifa / Servicio» de tu factura, dentro del bloque de detalle de medición de consumo, arriba a la izquierda del cuadro de lecturas.

Detalle de medición de consumo de una factura de EPEC, con la casilla «Tarifa / Servicio» a la izquierda mostrando la categoría del suministro junto a la demanda contratada y el número de medidor

Ejemplo ilustrativo de EPEC. El titular, el domicilio, los números y los importes son ficticios.

Si el beneficio está vigente, la categoría que figura ahí es la de Tarifa Social Provincial. Si dice solamente residencial, no se te está aplicando —aunque te lo hayan aprobado en su momento—, y eso es plata que estás pagando de más todos los meses. Dónde queda cada campo de la boleta está en cómo leer la factura de EPEC.

Quiénes pueden pedirla

El decreto define cuatro grupos de beneficiarios, y los requisitos son distintos en cada uno.

Hogares pobres y hogares indigentes

Es el grupo principal. Se toman los valores de las líneas de pobreza e indigencia que difunde el INDEC, correspondientes al mes inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud. Los requisitos son cuatro:

  • Que el grupo familiar y las demás personas que viven en la propiedad estén en la imposibilidad de pagar el monto total de las prestaciones.
  • Estar situados, según el INDEC, por debajo de la línea de pobreza o de indigencia, según corresponda.
  • Si sos propietario de vivienda, que esa vivienda sea única.
  • Si algún integrante del grupo familiar es propietario de un automotor, que el vehículo no tenga menos de diez años de antigüedad.

Jubilados y pensionados

Comprende a los hogares que cuentan entre sus integrantes con adultos mayores jubilados o pensionados, nacionales o provinciales, cuyo haber sea la única fuente de ingreso del grupo familiar y no supere el equivalente a dos jubilaciones mínimas nacionales o provinciales, según corresponda.

Personas con discapacidad

Comprende a los hogares con integrantes con discapacidad acreditada mayor al 50% que tengan dificultades económicas para afrontar los costos de la luz y el agua, cuando alguno de esos servicios resulte indispensable para mejorar o paliar su calidad de vida. El requisito documental es el Certificado Único de Discapacidad expedido por el Ministerio de Salud.

Entidades sin fines de lucro

Alcanza a las entidades con personería jurídica regular, inscriptas y con documentación y autoridades vigentes en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, cuyo objeto social tenga como destinatarios a personas en situación de vulnerabilidad social y que funcionen en un único local destinado a ese único fin.

Cuánto descuenta en la boleta

No es un porcentaje único, y conviene entender la forma antes que el número, porque los importes se actualizan con cada cuadro tarifario.

El cuadro de EPEC trata la Tarifa Social Provincial como una categoría propia dentro de la Tarifa Residencial, con dos escalas separadas: una para hogares carenciados y otra para hogares indigentes. En las dos, el descuento se concentra en dos lugares:

  • El cargo fijo mensual. Para los hogares carenciados es sensiblemente menor que el residencial. Para los hogares indigentes es cero.
  • Los primeros 150 kWh del mes. Es el único tramo donde el precio del kWh baja, y baja bastante más para los indigentes que para los carenciados.

Y aquí está la parte que casi nadie dice: de los 150 kWh en adelante, el precio de cada kWh es exactamente el mismo que paga un usuario residencial comparable, en el mismo tramo de consumo y con la misma situación frente al subsidio nacional. El beneficio está diseñado para el consumo bajo y no crece con la factura: un hogar con tarifa social que consume 600 kWh al mes paga, en todo lo que excede los 150 kWh, lo mismo que su vecino sin beneficio.

Para las viviendas sin medición de los predios alcanzados, el esquema es distinto: no hay cargo fijo y se factura el equivalente a 200 kWh al mes a un valor propio.

La exención que no aparece en el importe mensual

Además del precio de la energía, el cuadro tarifario exime a los usuarios en Tarifa Social Provincial del pago de todas las tasas. Son las mismas que cualquier otro usuario sí abona:

TasaCuándo se cobra
ConexiónAl instalar un medidor nuevo, monofásico o trifásico.
Corte y reconexiónAl suspender el servicio por falta de pago y al rehabilitarlo.
MovilidadCuando se traslada personal y la visita no se puede concretar.
Inspección de mediciónCuando se pide revisar el medidor y resulta que funciona bien.
Cambio de titularidadAl pasar el suministro a otro titular.

Son montos altos y de una sola vez, así que en un año con una mudanza o un corte pesan más que la diferencia mensual.

Cómo solicitar la Tarifa Social Provincial paso a paso

1. Conseguí el formulario. El formulario de solicitud es el Anexo I del Decreto 2164/17 y tiene dos fojas. La información que vuelques ahí tiene carácter de declaración jurada: si el hogar no cumple con las pautas del programa según lo que declaraste, la solicitud se rechaza por resolución fundada.

2. Presentalo donde corresponde. EPEC indica que el trámite se hace en el Ministerio de Desarrollo Social, en Av. Vélez Sársfield 2311 de la ciudad de Córdoba. Si tu servicio eléctrico lo presta una de las cooperativas de la provincia y no EPEC, la solicitud se entrega en la cooperativa, que la remite al Ministerio; el que resuelve es siempre el Ministerio.

3. Esperá la verificación. Las solicitudes de hogares por debajo de la línea de pobreza o indigencia se verifican mediante cruces con bases de datos públicas y privadas, informes socioeconómicos y visitas al domicilio de personal técnico asignado. El decreto previó que la primera conformación del padrón se hiciera de oficio, con datos cruzados de los prestadores, así que hay hogares que ya estaban incluidos sin haber presentado nada.

4. Esperá la notificación. La Secretaría de Coordinación y Acción Social resuelve, notifica el resultado al solicitante e informa el listado de beneficiarios a los organismos intervinientes. Recién cuando EPEC recibe esa notificación cambia la tarifa de tu suministro.

Para consultas hay canales propios del programa: el correo tarifasocialprovincial@gmail.com y dos líneas de WhatsApp para beneficiarios, 351 3098876 y 351 6662773.

Cómo se controla y cuándo se pierde

El beneficio no es permanente por definición, y el decreto es explícito sobre las dos cosas.

El control es periódico. El titular está obligado a comunicar cualquier novedad que implique un cambio en la situación socioeconómica del hogar, y la base de beneficiarios se verifica trimestralmente mediante cruces de información o auditorías de profesionales en trabajo social, que visitan el domicilio.

Las causales de caducidad son cuatro:

  1. Que deje de cumplirse alguno de los requisitos por los que se otorgó.
  2. Cambio de domicilio del beneficiario.
  3. Renuncia voluntaria.
  4. No abonar la factura o el plan de pagos durante tres períodos, continuos o discontinuos.

La cuarta es la que más sorprende, y tiene una lógica incómoda: el hogar que no llega a pagar es el que puede perder el beneficio que existe justamente porque no llega a pagar. Si vas atrasado, el plan de pagos se pide antes de acumular tres períodos, y se tramita en un Centro de Atención Comercial; los canales están en cómo pagar la factura de EPEC.

La segunda también importa más de lo que parece: una mudanza no lleva el beneficio con vos. Hay que iniciar el trámite de nuevo para el suministro nuevo.

El trámite nacional que igual hay que hacer

Este es el punto donde más gente pierde plata, y EPEC lo advirtió expresamente cuando abrió su plan de categorización: tener la Tarifa Social Provincial no te exime de inscribirte en el registro nacional de subsidios. Son dos cosas distintas y las decide cada Estado por su cuenta.

Un beneficiario provincial que nunca se inscribió queda fuera del régimen nacional, y el cuadro tarifario le aplica la escala sin subsidio: la factura sube por ese lado aunque la tarifa social siga aplicada. Si te mudaste, además, hay que actualizar la inscripción con el número de contrato y de medidor del suministro nuevo. El trámite está explicado en cómo inscribirse al ReSEF paso a paso.

Léelo automáticamente

Un beneficio aprobado que no aparece en la boleta es plata que seguís pagando, y el aviso no llega solo: la factura simplemente viene más cara, sin una línea que diga por qué. Notarlo exige comparar dos boletas, y comparar dos boletas exige tenerlas.

Factura lee el PDF de tu distribuidora, guarda el importe, el vencimiento y el consumo en kWh de cada liquidación, y arma la serie mes a mes. Así ves si el salto fue tuyo, fue de la tarifa o fue un beneficio que se cayó. ¿Solo tenés el papel? Mirá cómo escanear una factura con el celular.

Fuentes
  • Decreto 2164/17 — Creación del Programa Tarifa Social ProvincialLa norma que creó el programa dentro de la Tarifa Solidaria del Decreto 1357/06: beneficiarios, requisitos por grupo, formulario con carácter de declaración jurada, autoridad de gestión, auditoría trimestral y causales de caducidad. El régimen de beneficios de sus artículos 4º, 5º y 8º fue modificado por la Resolución 166/2024 del Ministerio de Desarrollo Social y Promoción del Empleo.
  • Gobierno de Córdoba — Tarifa Social ProvincialLa ficha oficial del programa: qué servicios cubre —agua, energía eléctrica e Impuesto Inmobiliario—, a quiénes alcanza y los canales de consulta para beneficiarios.
  • EPEC — Cuadro tarifario s/ Res. Gral. ERSeP 25/2026El cuadro vigente desde agosto de 2026: el acápite g) de la Tarifa Nº 1 Residencial, con las escalas de Tarifa Social Provincial para hogares carenciados e indigentes —una para los suministros con Subsidio Energético Focalizado y otra para los que no lo tienen—, los servicios sin medición y la exención de todas las tasas.
  • EPEC — Preguntas frecuentesDónde se tramita la tarifa social según la propia distribuidora, y los requisitos de la tarifa combinada para comercios de hasta 5 kW en la vivienda del titular.
  • EPEC — Plan de categorizaciónLas preguntas frecuentes para usuarios con tarifa social provincial: dónde se verifica el beneficio en la factura y por qué igual hay que inscribirse en el registro nacional de subsidios para no quedar sin él.
Preguntas frecuentes

Es un beneficio tarifario que otorga la Provincia de Córdoba, no EPEC. Fue creado por el Decreto 2164/17 dentro del programa Tarifa Solidaria y alcanza a los servicios de agua y energía eléctrica de hogares bajo la línea de pobreza o indigencia, jubilados y pensionados con ingresos bajos, personas con discapacidad y entidades sin fines de lucro. Lo resuelve el Ministerio de Desarrollo Social; EPEC solo aplica la tarifa cuando le notifican la resolución.

Mirando la casilla «Tarifa / Servicio» de tu factura, dentro del detalle de medición de consumo. Es la propia EPEC la que indica ese lugar: si el beneficio está vigente, la categoría que figura ahí es la de Tarifa Social Provincial y no la residencial común. Si en cambio dice solo residencial, el beneficio no se te está aplicando, aunque te lo hayan aprobado en su momento.

Completando el formulario de solicitud que es anexo del Decreto 2164/17, que tiene carácter de declaración jurada. EPEC indica que el trámite se hace en el Ministerio de Desarrollo Social, en Av. Vélez Sársfield 2311 de la ciudad de Córdoba. Si tu servicio lo presta una cooperativa eléctrica, la solicitud se entrega en la cooperativa y ella la remite al Ministerio, que es quien resuelve.

No. Los Niveles 1, 2 y 3 eran la segmentación nacional de subsidios del Decreto 332/2022, que dejó de usarse: hoy el régimen nacional es el de Subsidios Energéticos Focalizados del Decreto 943/2025, y el cuadro tarifario de EPEC distingue entre suministros incluidos y no incluidos en él. La Tarifa Social Provincial es otra cosa: es cordobesa, la otorga el Ministerio de Desarrollo Social y modifica los cargos de la distribuidora. Las dos conviven y se piden por separado.

No es un porcentaje único. El cuadro tarifario tiene escalas propias para hogares carenciados y para hogares indigentes, y el descuento se concentra en el cargo fijo y en los primeros 150 kWh del mes: para los indigentes el cargo fijo mensual es cero. De los 150 kWh en adelante el precio de cada kWh es el mismo que paga un residencial comparable, así que cuanto más alto es el consumo, menos pesa el beneficio.

Con una cuenta

El beneficio que se pierde en silencio

La tarifa social se otorga por resolución y se audita cada tres meses, pero se cae sin notificación: la boleta vuelve al valor pleno y nadie te avisa. Factura guarda el importe y los kWh de cada liquidación de EPEC, así el mes en que la categoría cambia lo ves en la serie y no seis facturas después.

La demo se abre con datos de muestra; no hace falta registrarse para mirarla.